Medio rural
El concepto de lo rural se
aplica, en distintas escalas, al territorio de una región o de una localidad
cuyos usos económicos son las actividades agropecuarias, agroindustriales,
extractivas, de silvicultura y de conservación ambiental. Dependiendo de cada
legislación, hay figuras jurídicas que lo protegen o delimitan (como área no
urbanizada o no urbanizable, diferenciada de las áreas urbanas o de expansión
urbana), especialmente para la limitación del crecimiento urbano.
El paisaje rural incluye
también las zonas dedicadas a otros usos (residenciales, industriales, de
transporte o de servicios) en los municipios clasificados previamente como
rurales (atendiendo a criterios numéricos de población —en España núcleos de
menos de 10 000 habitantes, en otros países más o menos— o funcionales —que el
sector económico predominante sea el primario—). Suele entonces distinguirse,
frente al de paisaje rural (más inclusivo) el concepto de paisaje agrario
(limitado a los usos propiamente agropecuarios, agroindustriales, extractivos,
de silvicultura y de conservación ambiental), aunque también se suele incluir
como elemento del paisaje agrario el hábitat rural tradicional, sobre todo
cuando es disperso. El paisaje rural presenta una gran diversidad, que parte de
sus muy diferentes aspectos físicas (geomorfología, clima) y de su ocupación
humana (factores históricos, jurídicos, económicos, etc.) Elementos
característicos del paisaje rural son el ganado y los cultivos, así como las
distintas instalaciones y equipamientos utilizados en cada forma de cultivo
(secano o regadío, ganadería y agricultura intensiva o extensiva, de
subsistencia o de mercado,monocultivo o policultivo); y especialmente las
parcelas, que se clasifican por su tamaño (no necesariamente coincidente con
los términos latifundio y minifundio, indicadores de la concentración de la
propiedad), forma y características (campos abiertos -openfield, rang,1
township- y campos cerrados -bocage-, etc.)
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